miércoles, 12 de diciembre de 2018

EL 24 DE DICIEMBRE SERÁ DÍA NO LABORABLE PARA EL SECTOR PÚBLICO Y COMPENSABLE LABORALMENTE PARA EL SECTOR PRIVADO


El 24 de este mes ha sido declarado día no laborable compensable para los trabajadores del sector público, según el Decreto Supremo N° 121-2018-PCM publicado hoy en la separata de Normas Legales de “El Peruano”. La norma señala que las horas que serán dejadas de laborar el 24 de diciembre podrán ser compensadas por el trabajador a partir de la semana inmediata siguiente o cuando lo establezca el titular de cada entidad pública de acuerdo a sus necesidades. El dispositivo indica también que el titular de cada entidad del sector público adoptará las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el 24 de diciembre.

Asimismo, el decreto supremo establece que los trabajadores del sector privado también podrán acogerse a la medida, previos acuerdos con sus empleadores sobre la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo decidirá el empleador. 
Están exceptuadas del día no laborable aquellas labores indispensables, en todo tipo de empresa, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes, o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa. Corresponde al empleador determinar tales labores y la relación de los trabajadores que deben desempeñarlas. 
El decreto supremo subraya que, estando próxima la fiesta de Navidad, es conveniente establecer un día no laborable sujeto a horas de trabajo compensables con el fin de fomentar la vida familiar entre los trabajadores del sector público.

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