lunes, 29 de marzo de 2021

COMISIÓN DE LA MUJER Y FAMILIA APROBÓ DICTAMEN QUE PROPONE LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO PROMOVIDO POR POBLACIÓN “TRANS”

 ACTUALIDAD  La Comisión de Mujer y Familia aprobó, por mayoría, el dictamen que propone la Ley de Identidad de Género, que tiene por objeto regular los principios, medidas, y procedimientos destinados a garantizar el reconocimiento de la identidad de género libremente manifestada. Fue el lunes 29, durante la trigésima primera sesión ordinaria virtual de ese grupo de trabajo, que preside la congresista Carolina Lizárraga Houghton (PM). Previamente, la parlamentaria Julia Ayquipa Torres (Frepap) planteó una cuestión previa a fin de que la propuesta cuente con la opinión de los ministerios de Salud y de Trabajo, del Colegio Médico, quienes hasta la fecha no han respondido al grupo de trabajo. La propuesta fue rechazada por unanimidad.

Indicó que es necesario esperar las opiniones de esas instituciones, y que su debate en la comisión se dé posterior al proceso electoral.

En razón a ello, la titular del grupo de trabajo señaló que no hay ningún compromiso político, toda vez que la norma está desde el 2016 en la comisión sin que se haya puesto a debate.

Lizárraga dijo que la población trans ha vivido momentos difíciles y mucho más en época de pandemia que tienen que ser atendidos con urgencia por tener el mismo derecho que todas las personas.

En la misma línea, el legislador Alberto De Belaúnde (PM) dijo que es un tema impopular, que lo único que busca es garantizar el derecho no reconocido de una población vulnerable.

“La identidad de género está en el Plan Nacional de Derechos Humanos aprobado por el Poder Ejecutivo, está en el informe de la Defensoría del Pueblo con la recomendación expresa a este Congreso para su aprobación. Ya conocemos cuál es la postura del Ministerio de Salud en la que establece una serie de parámetros para brindar la atención integral diferenciada a la población trans”, indicó.

Según el texto de la norma, toda persona es igual en dignidad, con pleno reconocimiento de su identidad de género, nadie debe ser objeto de discriminación, acoso, penalización o denegación de servicios por motivo de su identidad de género.

Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona lo siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia persona del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.

Respecto a la rectificación registral, menciona que toda persona mayor de edad puede solicitar la adecuación registral de sus documentos de identificación, en sede administrativa mediante un proceso sencillo y gratuito ante la Reniec o sus sedes regionales o locales, si la identidad vivida difiere de aquella asignada al nacer.

La iniciativa propone como disposición final que, a efectos de implementar la presente ley, todas las instituciones deberán adecuar sus normas y procedimientos internos en el plazo de tres (3) meses computables a partir de su promulgación para su adecuación.

El Ministerio Público implementará en su registro de denuncias e investigaciones fiscales la variable de identidad de género dentro de aquellas que involucren delitos contra la vida, cuerpo, salud y discriminación.

CAMBIADORES INFANTILES

Finalmente, la Comisión de Mujer y Familia aprobó, por unanimidad, el dictamen que propone la Ley que promueve la implementación de cambiadores infantiles en los edificios de uso público.

La sustentación estuvo a cargo de la presidenta del grupo de trabajo, quien señaló que la norma tiene por objeto promover la implementación de cambiadores infantiles en los servicios higiénicos de mujeres y hombres en los espacios de uso público con la finalidad de facilitar el cuidado y la protección de los niños y niñas de forma higiénica, cómoda y segura.

Lizárraga dijo que la Comisión de Mujer y Familia observa que las normas técnicas de edificación del reglamento nacional de edificaciones aprobado por DS 11-2006, del Ministerio de Vivienda no hace mención alguna sobre cambiadores infantiles en los servicios higiénicos de edificios, pese a la gran importancia de implementar espacios saludables para la población infantil.

La legisladora Arlette Contreras (NoA) señaló que se debe tomar en cuenta la opinión de la Defensoría del Pueblo, la misma que ha precisado que estos cambiadores podrían limitarse a los espacios que son utilizados por las mujeres.

Indicó que se debe tener en cuenta, además que las familias son distintas y no todas viven con papá o mamá. “La idea es protegerlos, pero tengamos en consideración todos los recursos y la realidad en que niñas y niños menores de edad puedan encontrarse”, puntualizó.

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