Por Juan Eduardo Gil Mora
De
conformidad a la cláusula novena de las disposiciones complementarias de la Ley
27314, Ley General de Residuos Sólidos, el reciclaje está definido como toda
actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación; concepto que, de la disposición legal, ha pasado
a una acción que debe ser practicado por quienes generamos residuos sólidos de
diferente naturaleza y que viene a ser una
obligación tanto de autoridades como de todos; sin embargo, requiere un
liderazgo de los sectores que tienen especial
competencia en este tema; esto es la municipalidad a través de sus entidades
autorizadas.