viernes, 16 de abril de 2021

CONGRESO APROBÓ MEJORAR ACTIVIDADES EN EMPRESAS Y SOCIEDADES MEDIANTE REUNIONES NO PRESENCIALES DE CARÁCTER LEGAL

 ACTUALIDAD  Diversos aspectos vinculados a mejorar el desarrollo de las actividades comerciales y administrativas de las diversas empresas en el país fueron aprobados por el Pleno del Congreso. En efecto, Walter Ascona Calderón (APP), vicepresidente de la Comisión de Justicia, sustentó los proyectos de ley 5301, 5380 y 5427, que proponen modificar el artículo 21-A de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, respecto a las sesiones no presenciales y el ejercicio del derecho de voz y voto no presencial en las sociedades, y dicta otras disposiciones para este caso.

El titular del grupo de trabajo en mención refirió que la iniciativa propone la modificación de los artículos 43, 135, 169, 246 e incorpora artículos 42-A, 42-B, 42-C, 42-D y 42-E a la Ley 26887, Ley General de Sociedades y así facilitar las sesiones no presenciales.

Para tal efecto, regula aspectos como las comunicaciones entre la sociedad y los socios, convocatorias, voluntad social a través de sesiones no presenciales, disposiciones sobre libros y registros sociales electrónicos, publicaciones, contenido, aprobación y validez de las actas en los acuerdos de sesiones no presenciales y las juntas a solicitud de los accionistas. Asimismo, deroga el artículo 21-A de la Ley 26887, Ley General de Sociedades.

Al respecto, Ascona refirió que corresponde regular estructuras legales como medio que permita a las sociedades tomar decisiones de manera libre y autónoma, y opten por acogerse a una forma de tomar acuerdos. La Comisión de Justicia y Derechos Humanos considera que no se pueden imponer a las sociedades formas regulatorias determinadas como un fin en sí misma, sino, más bien, darles herramientas legales como medio para que estas alcancen libremente sus objetivos y fines.

“Siendo así, por el contexto actual de estado de emergencia, nos obliga a adecuar la normatividad de la Ley General de Sociedades, en la que se hace imprescindible el uso de la tecnología de la información, así como la digitalización de los procesos de comunicación y la toma de decisiones de la sociedad, para evitar el contacto físico como consecuencia del distanciamiento social obligatorio y las restricciones a la movilización social”, manifestó  el vicepresidente de la Comisión de Justicia, Ascona Calderón.

Luego de la exposición realizada sobre el proyecto en mención, el parlamentario Guillermo Aliaga Pajares (SP) consideró la necesidad de aprobar la presente ley que permitirá una adecuada gestión empresarial que ayudará a una adecuada gestión administrativa y económica en dicho sector.

“Desde que fue declarado el estado de emergencia y el aislamiento social obligatorio es evidente que este tipo de sociedades han sido impactadas no solo desde el punto de vista económico, sino también en su organización interna, debido a las limitaciones para tomar decisiones”, manifestó el representante de Somos Perú.

Al término de la intervención de los parlamentarios, la iniciativa de ley fue aprobada por 109 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.

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