viernes, 11 de noviembre de 2022

PROMUEVEN MÁS BENEFICIOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Con la finalidad de mejorar los accesos a mayores beneficios sociales para las personas con discapacidad, la Comisión de Inclusión Social, presidida por el parlamentario Luis Kamiche Morante (PD) aprobó diversas normas que promueven el bienestar de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. Durante la sesión de trabajo se aprobó por unanimidad (09 votos), el dictamen recaído en el proyecto de ley 1568/2021- CR, que propone la ley que modifica la ley 29973, Ley general de la persona con discapacidad.

Se dio a conocer que el objeto de la propuesta legislativa es modificar los artículos 18 y 61 e incorpora el artículo 9-A y el párrafo 47.3, al artículo 47 de la Ley 29973, Ley de personas con discapacidad.

La modificación de los artículos en mención de la Ley 29973, Ley de personas con discapacidad plantea el acceso a viviendas para la persona con discapacidad y para el responsable de la persona con discapacidad severa.

Para tal efecto, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento promueven y regula el acceso preferente de la persona con discapacidad y del responsable de la persona con discapacidad severa a los programas públicos de vivienda a su cargo, otorgándole una bonificación. Estos programas contemplan la construcción de viviendas accesibles para la persona con discapacidad.

También se precisa que el responsable de la persona con discapacidad severa, es un familiar hasta el cuarto grado de consanguineidad o segundo de afinidad.

Asimismo, se contempla que las personas con discapacidad son beneficiarias de los programas sociales, salud, alimentación, vestido y vivienda adecuados, acceso a servicios públicos y a becas educativas que brinda el Estado, sin que para ello se aplique el requisito de límite de edad.

“Los programas sociales brindan atención preferente a la persona con discapacidad, especialmente a las mujeres, niños, niñas y a quienes vivan en situación de pobreza para sufragar gastos relacionados con su discapacidad, por ello solicitamos el apoyo para su aprobación”, manifestó el titular de la Comisión.

Otros temas de la iniciativa de ley, están vinculados al acceso a las becas educativas, acceso a la justicia, medidas del fomento del empleo, entre otros aspectos vinculados a este caso.

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

Seguidamente, se debatió y aprobó por mayoría (08 votos) con una abstención, el dictamen recaído en el proyecto de ley 1813/2021- CR, Ley que elimina la renovación periódica del certificado de discapacidad para personas con discapacidad severa e irreversible, para el cobro de su pensión.

El proyecto tiene como objetivo eliminar la exigencia de la renovación periódica del certificado médico de discapacidad, para aquellas personas que tengan comprobada discapacidad severa e irreversible, para el cobro de sus pensiones otorgadas por parte del Estado.

La iniciativa establece que las personas con discapacidad severa e irreversible que se encuentran acreditadas como tales, en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, a cargo del CONADIS, no es exigible para el cobro de sus pensiones, ningún otro examen ni renovación del certificado de discapacidad, el mismo que es presentado por única vez para la percepción del primer pago de la pensión de invalidez, quedando prohibido la exigencia del citado documento en lo sucesivo.

La norma establece sanciones hasta por 10 Unidades Impositivas Tributarias, (UIT), sin perjuicio de las administrativas, civiles y penales, por el otorgamiento de información fraudulenta para obtener una pensión de forma ilegal.

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