El decano del CNL enfatizó que por más de 50
años el notario ha participado en las licitaciones y concursos del Estado, sin
que se haya presentado en ningún momento cuestionamiento a su gestión; que es
la de brindar seguridad jurídica y transparencia a tales actos.
El representante del notariado señaló que la
Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece, con precisión, que los
notarios deben participar en los actos públicos (artículo 22, inciso 3). Agregó
que es a través del Decreto Supremo 344-2018-EF, publicado el 31 de diciembre
de 2018, que se elimina la participación del notario en estas actividades.
Por ello, dijo, los notarios presentaron una
demanda de acción popular contra el Reglamento de la Ley de Contrataciones
(Expediente 10156-2019); la cual fue declarada fundada por la Tercera Sala
Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima,
estableciéndose la nulidad de los artículos 28, 73.1 y 81.1 de dicho
Reglamento, que eliminan la actuación del notario, y ordenándose “su expulsión
(de dichos artículos) del ordenamiento jurídico por contravenir la Constitución
y la ley”. Ello, agregó, porque una norma de menor jerarquía no puede estar por
encima de la ley.
Hopkins hizo hincapié en que si el Poder
Judicial confirma la nulidad de la norma que elimina la participación del
notario público en los procesos de contratación, podría declarar con efecto
retroactivo la nulidad de las contrataciones realizadas durante ese lapso.
El decano del CNL, también presidente de la
Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, dio estos alcances en la
sesión conjunta de las comisiones de Economía y de Descentralización, que
presiden los parlamentarios César Revilla Villanueva y Alejandro Cavero Alva,
respectivamente; y donde se daba aportes sobre el proyecto de Ley General de
Contrataciones del Estado que se debate en el Parlamento.
Fue enfático el representante del notariado
nacional en sostener que era ínfimo el costo de la labor notarial en las
contrataciones del Estado en comparación con el costo de la corrupción, que fue
de 24 mil millones de soles, según informe de la Contraloría correspondiente al
año 2023.
Advirtió que en estos seis últimos años,
espacio en el cual se encuentra eliminada la participación del notario en los
concursos y licitaciones, los medios de comunicación han dado a conocer
múltiples noticias sobre corrupción en procesos de licitación.
Expresó, igualmente, que resultaba resaltante
que cuando el Banco Mundial realiza sus concursos pide la presencia de un
notario, lo mismo que cuando estos actos son hechos por organismos
internacionales y entidades privadas.
El decano del CNL solicitó que el Consejo de
Defensa Jurídica del Estado se encargue de investigar los casos de corrupción
en las contrataciones del Estado en los últimos seis años, desde la aplicación
del Decreto Supremo 344-2018-EF.
Sostuvo que “el Estado debe dictar normas para
luchar contra la corrupción y no debilitarla; buscar la paz social que todos
necesitamos con dispositivos adecuados a nuestra realidad”.
Acompañaron al decano, la secretaria de la
Junta Directiva del CNL, Sofía Ode Pereyra, y el presidente de la Comisión de
Desarrollo de Nuevas Tecnologías del CNL, José Almeida Briceño.
Al tomar la palabra, el Dr. Almeida remarcó
que el “notario garantiza la legalidad y transparencia en los procesos de
contratación y evita la afectación económica al Estado por casos de corrupción:
la función notarial verifica quiénes son los integrantes del comité especial
presentes, otorga fecha cierta, conserva la integridad de las propuestas y de
las circunstancias del acto, a través de un acta suscrita por todas las
personas presentes en el acto público”.
Adicionó que el notariado tiene tres propuestas en torno a una nueva Ley General de Contrataciones del Estado: Identificación notarial de los integrantes del comité especial y los representantes de los postores; Uso del blockchain, firma digital, big data e inteligencia artificial; Inventario de obra en contrataciones públicas; y Mediación notarial.
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