viernes, 12 de julio de 2024

COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR INSISTE EN DICTAMEN QUE AMPLÍA PROHIBI IÓN DE COMUNICACIONES SPAM

 ACTUALIDAD   La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, que preside Wilson Soto Palacios (AP), aprobó por unanimidad (13 votos) el dictamen que recomienda la insistencia de la propuesta que amplía la prohibición de las comunicaciones spam. La fórmula legal aprobada se sustenta en los proyectos de ley 2942/2022-CR, 3131/2022-CR y 3541/2022-CR, y para cumplir con este objetivo modifica el párrafo 58.1, literal e) y se incorpora el párrafo 58.3 al artículo 58 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Soto Palacios aseguró que el dictamen “reitera que, frente a la impunidad existente respecto a las llamadas spam, que mortifica y perturba diariamente la tranquilidad de los usuarios y la salud de los consumidores, es indispensable darles a estos una nueva legislación coherente”.

Por ello es que su comisión recomienda desestimar la primera observación del Poder Ejecutivo, puesto que se “considera que la modificación no implica una afectación al derecho de la libre empresa de los call center ni falta al principio de coherencia señalado en un pronunciamiento del Tribunal Constitucional”.

En cuanto a la segunda y tercera observación, Soto Palacios aseguró que llama la atención que el Poder Ejecutivo cuestione el tema de la numeración especial.

Esto porque en el Proyecto de Ley 7752/2023-PE, Ley que le delga la facultad de legislar (en diversas materias) señaló en el punto 3.10.6, la necesidad de establecer reglas para el adecuado uso del envío de mensajes y llamadas en las redes de telecomunicación, para evitar comunicaciones fraudulentas.

Lo concreto y real, dijo Soto, es que los usuarios están muy mortificados por el acoso de las llamadas spam que, muchas veces, tienen intenciones fraudulentas.

La fórmula propuesta prohíbe en el mencionado literal e) del artículo 58 la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, emplear “centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios , así como prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno (…)”.

Cabe indicar que esta iniciativa fue aprobada en junio pasado por el Pleno del Congreso, y observada por el Poder Ejecutivo el 4 de julio último. Una propuesta similar fue aprobada y, a la vez, observada en el 2023.

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