La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó que 1.69
millones de socios de las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac) tienen
invertidos 10,620 millones de soles en depósitos y patrimonio a marzo de este
año. “Los casi
1.69 millones de socios de las cooperativas de ahorro y crédito tienen
invertidos 10,620 millones de soles a marzo pasado, de los cuales 8,340
millones corresponden a depósitos y 2,280 millones a patrimonio”, dijo el
superintendente adjunto de Asuntos Internacionales, Capacitación y
Comunicaciones de la SBS, Oscar Basso.
En ese
sentido, informó que el proyecto de ley, presentado al Congreso, que propone
modificaciones a la Ley 27602, Ley General del Sistema Financiero, de Seguros y
Orgánica de la SBS, para incluir precisiones sobre la regulación y supervisión
de las Coopac tiene un esquema de tres tamaños de cooperativas en función al
total de los activos de las cooperativas.
De esta
manera, explicó que las Coopac más pequeñas (nivel 1) son las que cuentan con
activos de hasta 600 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), las mismas que
tendrán una supervisión básica, con apoyo de Fenacrep, y podrán realizar
operaciones (financieras) simples.
En tanto que
las Coopac medianas (nivel 2) que cuenten con activos entre 600 y 65,000 UIT,
tendrán una supervisión técnica prudencial, con apoyo de la Fenacrep, y podrán
realizar operaciones adicionales más complejas, señaló.
Mientras que
las Coopac más grandes (nivel 3) que tengan activos superiores a las 65,000
UIT, tendrán una supervisión técnica prudencial directa de la SBS y podrán
realizar operaciones adicionales más complejas a las de los dos primeros
niveles, indicó.
Productos
de cooperativas pequeñas
De esta
manera, informó que de acuerdo a la iniciativa, las cooperativas de ahorro y
crédito más pequeñas podrán recibir depósitos de sus socios (no cuentas
corrientes ni depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios o CTS) y
otorgar a sus socios créditos directos, con o sin garantía.
También
podrán brindar avales y fianzas a sus socios, a plazo y monto determinados (no
válidos para procesos de contratación con el Estado), operar en moneda
extranjera, efectuar operaciones de descuento y factoring con sus socios, entre
otros.
Productos
de cooperativas medianas
Basso señaló
que este tamaño de cooperativas podrá realizar las operaciones de las más
pequeñas y además, podrán recibir depósitos CTS de sus socios y otorgar avales
y fianzas a sus socios, a plazo y monto determinados (válidas para procesos de
contratación con el Estado).
También
podrán llevar adelante operaciones de arrendamiento financiero y capitalización
inmobiliaria con sus socios, expedir y administrar tarjetas de débito, previa
autorización de la SBS, y contratar forwards (coberturas) de moneda extranjera,
previa autorización de la SBS, entre otras, dijo.
Productos
de cooperativas grandes
Basso señaló
que este tamaño de cooperativas podrá realizar las operaciones de las medianas
y además, podrán abrir cuentas corrientes (sujeto a opinión del Banco Central
de Reserva o BCR) y expedir y administrar tarjetas de crédito, de acuerdo a las
disposiciones que emita la SBS.
También
podrán emitir títulos de crédito hipotecario negociables a sus socios y actuar
como fiduciarios en fideicomisos cuyos fideicomitentes y/o fideicomisarios sean
sus socios, entre otras, indicó en el seminario internacional “Regulación y
Supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, Experiencias en Europa y
América Latina”.
Seguro
de Depósito de cooperativas
En otro
momento, señaló que este proyecto también contempla la creación del Fondo de
Seguro de Depósitos de las Coopac, siendo miembros las Coopac que capten
depósitos de sus socios. “Y para que los depósitos se encuentren asegurados,
deben realizar aportaciones al Fondo durante 24 meses”, dijo.
Adecuación
y entrada en vigencia
Una vez
aprobada esta propuesta normativa la SBS tiene plazo de 180 días para publicar
el reglamento, indicó Basso, quien señaló que luego las cooperativas contarán
con 20 días calendario para inscribirse en el Registro Nacional de Coopac.
Asimismo,
refirió que las Coopac constituidas con anterioridad tendrán un plazo de 90
días calendario para inscribirse en el Registro Nacional de Coopac.
Agregó que,
durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigencia de la ley, de
aprobarse en el Congreso, la supervisión de todas las Coopac se realizará con
el apoyo técnico de la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito
del Perú (Fenacrep).
Fusiones
de cooperativas
En otro
momento, comentó que, de un total de 612 cooperativas de ahorro y crédito
conocidas, sólo 159 supervisadas por la Fenacrep realizan actualmente cierto
tipo de provisiones, aunque no iguales a las requeridas a los actores del
sistema financiero supervisados por la SBS.
Finalmente,
comentó que podrían acontecer fusiones de cooperativas, tras la aprobación de
esta norma en el Congreso, “lo cual dependerá de las cooperativas”.
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