MICROFINANZAS El presidente
de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC)
Jorge Solís convocó a conferencia de prensa para el pronunciamiento sobre la
ley 30793, Ley que regula el gasto de publicidad del Estado peruano, ya que la
llamada “Ley Mulder” establece que todas las entidades públicas, incluidas las
de derecho privado y las que están en regímenes especiales, así como las
empresas del Estado, los gobiernos locales y los regionales podrán publicitar
sus tareas de gestión únicamente en los medios de comunicación de Estado a
tarifa de costo. El problema
viene cuando, la llamada “Ley Mulder” señala lo siguiente: “Queda
prohibida toda publicidad en medios privados, bajo responsabilidad.
No se
considera como tal el trabajo periodístico tales como reportajes, entrevistas,
conferencias de prensa y similares, las que se pueden desarrollar libremente
sin que suponga pago alguno al medio de comunicación. La infracción a este
precepto será considerado delito de malversación” cuya pena es la pena privativa de
libertad será no menor de tres años ni mayor de ocho años.
El
presidente de la FEPCMAC Jorge Solís, señalo que la Ley que prohíbe la
publicidad estatal traerá como consecuencia que las cajas municipales entrarán
en desventaja con la banca privada. En otro momento de la conferencia Solís
mencionó que “La Ley incluye a las empresas estatales y las cajas son de
propiedad municipal, pero no demandan publicidad del Estado”, al contrario,
ellos distribuyen el 50% de las utilidades "No recibimos ni un solo sol
del presupuesto público y a los municipios se distribuye el 50% de las
utilidades" señalo el presidente de la FEPCMAC Jorge Solís.
Lo
que se desea es ser excluidos de la prohibición para contratar publicidad, ya
que cada año, en los meses de setiembre – octubre se contrata el paquete de
publicidad anual y esto perjudicaría la libre competencia entre las cajas
municipales. Este año quedan dos grandes campañas, son las siguientes: “Fiestas
Patrias” y “Navidad”.
La
Ley 30793 tiene como únicas excepciones los casos de desastres o emergencias
nacionales, siempre y cuando sean declarados por decreto de urgencia y las
campañas de educación electoral en caso de elecciones.
“Se
exceptúan de la prohibición los casos de desastres o emergencias nacionales
declarados por decreto de urgencia, las campañas de educación electoral por
parte de los entes electorales una vez convocadas las elecciones.”
El
Tribunal Constitucional señaló que la medida había sido admitida a trámite
“ADMITIR a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por más de
veinticinco por ciento (25%) del número legal de congresistas de la República
contra la Ley 30793, ley que regula el gasto de publicidad del Estado peruano;
y correr traslado de la misma al Congreso de la República para que se apersone
al proceso y la conteste dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a
la notificación de la presente resolución”
Al
cierre de esta edición, el congresista Juan Sheput de Peruanos Por el Kambio
manifestó por su cuenta de Twitter lo siguiente: “¿Para qué
esperar meses de meses a que el TC resuelva inconstitucionalidad de la Ley
Mordaza? Basta con un proyecto de ley que la derogue, así se volverá a fojas
cero y se podrá discutir una ley razonable. Muerto el perro acabada la rabia.
Todo depende de la voluntad política.”
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