El Congreso de la República publicó una Resolución Legislativa por la
cual aprueba el Convenio 183 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT),
que dispone el otorgamiento de licencia por maternidad de al menos catorce
semanas a las trabajadoras gestantes de todo el país.
La norma, publicada el domingo 22 en el diario
oficial El Peruano y rubricada por la presidenta del Congreso, Ana María
Solórzano, y el segundo vicepresidente, Norman Lewis Del Alcázar, está
orientada a proteger la maternidad, a favor de la salud de la madre y del hijo
en gestación.
El Convenio de la OIT, ratificado por nuestro
país y de obligatorio cumplimiento, fue adoptado en la octogésima octava
reunión la Conferencia Internacional que se celebró en Ginebra, Suiza, el 30 de
mayo de 2000.
El documento dispone otorgar licencia
obligatoria por maternidad por un período de seis semanas posterior al parto, a
menos que se acuerde otra forma a nivel nacional por los gobiernos y las
organizaciones representativas de empleadores y trabajadores.
Precisa, además, que la licencia de maternidad,
deberá prolongarse por un periodo prenatal, equivalente al transcurrido entre
la fecha presunta del parto y la fecha en el que el parto tiene lugar, sin
reducir la duración de cualquier periodo de licencia obligatoria después del
parto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario