martes, 3 de noviembre de 2015

USUARIOS PODRÍAN CAMBIAR DE DESTINO Y ENDOSAR SU BOLETO SIN PRESENCIA DEL BENEFICIARIO

 ACTUALIDAD  Los usuarios del transporte aéreo o terrestre nacional podrían cambiar el destino al que viajen, según el servicio adquirido, y endosar o transferir su boleto sin la presencia física del beneficiario, según lo propone el dictamen aprobado el martes 3 en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos. 
El documento - que reúne las iniciativas legislativa de los parlamentarios Julia Teves Quispe, Marco Falconí Picardo, Juan Díaz Dios y Justiniano Apaza Ordoñez- plantea precisiones en el numeral 7 del artículo 66º del Código de Protección y Defensa del Consumidor que estipula el derecho que tiene todo consumidor a endosar o transferir la titularidad de un pasaje aéreo o terrestre a favor de otro consumidor, o postergar la realización del servicio comunicando a la empresa prestadora de su decisión con un mínimo de 24 horas de anticipación.
El dictamen agrega a este inciso, que "para el cambio de destino o postergación del servicio, el consumidor podrá imputar el costo del servicio postergado o cambiado, como parte del pago del servicio correspondiente a la nueva fecha o destino".
Indica, también, que tanto para el cambio de destino, postergación, como para el endoso, el usuario asumirá únicamente los gastos relacionados con la emisión del nuevo boleto, los cuales no deben ser superiores al costo efectivo de dicha emisión".
Precisa el proyecto aprobado que "en caso el consumidor adquiera boletos de ida y vuelta cuya ejecución implique la realización de dos prestaciones independientes o boletos para destinos o tramos múltiples, y no hiciera uso de algunos tramos, tiene el derecho de utilizar los destinos o tramos siguientes, quedando prohibido que los proveedores dejen sin efecto este derecho, salvo que el consumidor cuente con otra reserva o boleto para la misma ruta entre las fechas comprendidas en el boleto cuyo tramo desea preservar".
El dictamen contó con los votos a favor de los congresistas Claudia Coari Mamani, Hernán De la Torre Dueñas, Doris Oseda Soto, Jaime Delgado Zegarra, Yonhy Lescano Ancieta, Emiliano Apaza Condori, Agustín Molina Martínez y en contra de los legisladores Freddy Sarmiento Betancourt y Juan Carlos Eguren.
Durante el debate, el congresista Freddy Sarmiento indicó que la aprobación de esta propuesta podría originar que las aerolíneas anulen sus promociones e incrementen los precios de sus pasajes perjudicando a los usuarios.
En tanto, el legislador Juan Carlos Eguren pidió que el dictamen se modifique ya que consideró como irresponsable aprobar un proyecto que cuenta con opiniones negativas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), y la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC). "Hay temas que deben mejorarse, por ejemplo, el referido a la parte que indica que para hacer el endoso de un boleto no se requiere la presencia del beneficiario, esto puede dar pie a suplantaciones", indicó, tras señalar que esta añadidura podría causar la aparición de un mercado de reventas de pasajes. 
Por su parte, el congresista Yonhy Lescano propuso que el derecho de endoso o postergación de un pasaje aéreo también se pueda ampliar a los viajes internacionales originados desde el Perú.
En tanto, el parlamentario Jaime Delgado indicó que el endurecimiento de las normas se originó por el abuso que las empresas de servicio de transporte aéreo o terrestre cometen con sus usuarios. "Mientras la ley decía que no se le puede cobrar al usuario la penalidad, sino solo la emisión del ticket por la postergación o endoso del servicio, las empresas no hicieron caso a esto y siguieron cobrando. Indecopi intervino en este tema y las empresas interpusieron acciones de amparo", anotó.

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