El
Banco Central ha cumplido estrictamente con la normativa vigente en todas sus
emisiones de billetes y acuñación de monedas.
Hasta
la fecha, todas las emisiones han seguido los lineamientos establecidos en la
legislación aplicable y en el marco del mandato constitucional, que en su
artículo 83 señala que la emisión de billetes y monedas es una facultad
exclusiva del Estado ejercida a través del Banco Central.
En
ese sentido, no se ha utilizado un escudo equivocado en la impresión de
billetes ni en la acuñación de monedas.
La
Ley N° 32251, publicada el 19 de enero de 2025, establece nuevas disposiciones
sobre el uso del escudo y el lema nacional que regirán para las nuevas series
de billetes y monedas.
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