ACTUALIDAD Tras un largo debate, la Comisión
de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que preside el
congresista Modesto Julca Jara, aprobó el dictamen referido al Sistema Privado
de Pensiones. Al iniciar la sesión, el
congresista Julca solicitó se aborde este proyecto debido a la preocupación que
existe en la población, entre otros temas, por las tablas de mortalidad
presentadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Según informó, a la Comisión de
Economía fueron presentados 34 proyectos de ley referidos al tema de las AFP,
los cuales fueron agrupados para su estudio en tres grupo: jubilación
anticipada por desempleo, devolución de aportes del fondo acumulado de la
cuenta individual de capitalización, e imprescriptibilidad de acciones de deuda.
JUBILACIÓN ANTICIPADA
Sobre la jubilación anticipada,
el congresista Modesto Julca recordó que esta fue creada en el año 2007 con
carácter temporal debido a la crisis económica internacional que afectaba la
generación de empleo.
Comentó que desde el año 2010 a
julio 2015 se han jubilado, bajo esta modalidad, 13,980 afiliados. Debido a que
la crisis continúa, indicó que la Comisión aprobó su prórroga hasta el 31 de
diciembre de 2108.
Devolución
de aportes del fondo acumulado de la cuenta individual de capitalización
Actualmente esta modalidad
permite a los afiliados que al cumplir los 65 años tengan un fondo menor a
5,810 soles puedan retirarlo en una sola armada, quedando sin protección de
salud.
La propuesta aprobada por los
miembros de la Comisión establece que el afiliado al cumplir los 65 años podrá
solicitar a la AFP la entrega total de su fondo en una sola armada, dejando el
4.5 % para garantizar la cobertura de salud.
En este punto, el presidente de
la Comisión y el congresista Rubén Condori se abstuvieron, ya que la propuesta
inicial establecía que el monto sea menor o igual a 26,145 soles.
IMPRESCRIPTIBILIDAD
En este caso, Julca Jara
manifestó que la Comisión aprobó que los aportes efectivamente descontados a
los trabajadores y que no fueron depositados por el empleador en forma oportuna
a la AFP, la deuda no prescribe.
El presidente de la Comisión
precisó que de esta manera se evitará que los trabajadores se perjudiquen por
el incumplimiento que puedan cometer los empleadores.
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